Cartas a Gracia
El Boletín 124. Realiza SEP primer Foro Metropolitano para impulsar cultura de paz en planteles de Educación Media Superior, publicado por la SEP el 19 de abril, informaría acerca de una actividad que realizarían “20 planteles” metropolitanos (CDMX) del Colegio de Bachilleres, como parte de la elaboración de “un diagnóstico sobre las violencias y las acciones para erradicarlas que llevan a cabo los subsistemas de Educación Media Superior […]”, que impulsaría la titular del ejecutivo federal. La subsecretaria del ramo, Tania Rodríguez Mora, precisaría la conformación de un comité por escuela quien tendrían la “misión” de realizar actividades que les permitieran: “1. Identificar las violencias presentes en los planteles y promover la conformación de Comités de Paz en cada uno de ellos; 2. Valorar las acciones que los distintos planteles del Colegio han llevado a cabo en torno a la cultura de paz y la resolución de conflictos; 3. Reflexionar sobre los conceptos guía de la Campaña Nacional Cultura de Paz que impulsa la SEP, tales como: cultura de paz, tejido social, prevención y violencias; y, finalmente, 4. Conformar los Comités de Paz en cada plantel.
El parágrafo 3 del Artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos mencionaría el término cultura de la paz de manera expresa: “La educación se basará en el respeto irrestricto de la dignidad de las personas, con un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva. Tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a todos los derechos, las libertades, la cultura de paz y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia; promoverá la honestidad, los valores y la mejora continua del proceso de enseñanza aprendizaje”.
El Artículo 74 de la Ley General de Educación, señalaría: “Las autoridades educativas, en el ámbito de su competencia, promoverán la cultura de la paz y no violencia para generar una convivencia democrática basada en el respeto a la dignidad de las personas y de los derechos humanos […]. Para cumplir con lo establecido en este artículo, se llevarían a cabo las siguientes acciones: “I. Diseñar y aplicar estrategias educativas que generen ambientes basados en una cultura de la paz […]; II. Incluir en la formación docente contenidos y prácticas relacionados con la cultura de la paz y la resolución pacífica de conflictos […] III. Proporcionar atención Psicosocial y en su caso [asesoría legal a las partes involucradas]; IV Establecer los mecanismos gratuitos de asesoría, […] para las niñas, niños, adolescentes y jóvenes que estén involucrados en violencia o maltrato escolar […]; V. Solicitar a la [extinta] Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación, investigaciones, informes y diagnósticos que permitan conocer las causas y la incidencia del fenómeno de violencia o maltrato entre escolares en cualquier tipo, [etc.]; VI. Celebrar convenios […] con los sectores públicos, privados y sociales, para promover los derechos de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes, y el fomento de la cultura de la paz, resolución no violenta de conflictos, fortalecimiento de la cohesión comunitaria y convivencia armónica dentro de las escuelas; VII. Hacer del conocimiento de las autoridades competentes las conductas que pueden resultar constitutivas de infracciones o delitos cometidos en contra de las niñas, los niños, adolescentes y jóvenes por el ejercicio de cualquier maltrato o tipo de violencia en el entorno escolar, familiar o comunitario, así como promover su defensa en las instancias administrativas o judiciales; VIII. Realizar campañas […], que concienticen sobre la importancia de una convivencia libre de violencia o maltrato [de cualquier naturaleza] en los ámbitos familiar, comunitario, escolar y social; y por último, IX. Elaborar y difundir materiales educativos para la prevención y atención de los tipos y modalidades de maltrato escolar […]. Las autoridades educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, emitirán los lineamientos para los protocolos de actuación que sean necesarios para el cumplimiento de este artículo […]”.
El Artículo 3º de la CPEUM y la LGE “aterrizarían” las políticas públicas en favor de la paz; la Secretaría de Educación Pública, por su parte, emitiría lineamientos mediante los que abordaría “la cultura de la paz”. Uno de ellos dataría del 22 de marzo del 2014 y sería intitulado: Política Nacional de Convivencia Escolar. La Secretaría de Educación Pública Trabaja por una escuela libre de violencia. El documento en cuestión, plantearía por intermedio de quien en ese tiempo era la responsable del área “que la educación básica tiene dos grandes propósitos, que los alumnos aprendan a aprender y aprendan a convivir para que la violencia no se reproduzca”; la misma funcionaria asociaría el abandono escolar como una de las causas. Señalamientos que se darían “en el marco del Programa Nacional para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia (PNPSVD) que llevaba a cabo la SEGOB [en el que su representante, reiteraría] que la participación de las autoridades educativas es clave para erradicar la violencia de las aulas, brindar seguridad a la comunidad escolar a través de la prevención, contar con los protocolos de atención para canalizar de manera oportuna a los alumnos a la red institucional de apoyos a las escuelas”.
Por su parte, la nueva propuesta educativa (la Nueva Escuela Mexicana) no se quedaría atrás y abordaría el tema en los programas del Campo Formativo “Ética, Naturaleza y Sociedades. Campo [que incluiría] específicamente contenidos sobre
cultura de paz, derechos humanos, igualdad de género y ciudadanía democrática”; en tanto que el Chat GPT sugiere la lectura de los siguientes “materiales didácticos en el portal de la NEM:
En pro de la paz https://prueba-nem.aprende.gob.mx/contenido/coleccion/en-pro-de-la-paz-2/ y
“Cultura de paz entre las naciones” [
https://prueba-nem.apr]”. El diálogo entre pares permitiría Gracia, que los consejos de “no pegues pero no te dejes; si vienes chillando, te chingo [o la actitud cristiana] si te agreden pon la otra mejilla” queden sin efecto. La intervención de las y los docentes con conocimiento de causa, sería fundamental para resolver los conflictos por intermedio del dialogo.
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