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Ciudad de México/ En menos de 24 horas y sin la participación de la oposición, la Cámara de Diputados y el Senado de la República realizaron la declaratoria de constitucionalidad de la reforma en materia de inimpugnabilidad de las reformas y adiciones a la Constitución.
Este cambio limita la posibilidad de que adiciones o reformas constitucionales puedan ser impugnadas a través de amparos, controversias y acciones de inconstitucionalidad, blindando así los cambios impulsados por la mayoría.
La Cámara de Diputados, presidida por Sergio Gutiérrez Luna, fue la primera en emitir la declaratoria, luego de que 23 congresos estatales y la Ciudad de México avalaran la reforma.
Gutiérrez Luna destacó que las legislaturas de Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Durango, Guerrero, Hidalgo, Estado de México, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Yucatán, Zacatecas y la Ciudad de México aprobaron el proyecto, superando el mínimo de 17 votos necesarios.
La reforma modifica el artículo 107 y agrega un quinto párrafo al artículo 105 de la Constitución. Con el cambio al artículo 105, se establece que “son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a la Constitución”. En el caso del artículo 107, se especifica que “no procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a la Constitución”.
El Senado, encabezado por Morena y sus aliados, replicó la declaratoria y envió el dictamen al Ejecutivo Federal para su promulgación.
La intención es que el decreto se publique en el Diario Oficial de la Federación (DOF) a partir del viernes 1 o sábado 2 de noviembre, momento en que entrará en vigor y se establecerá oficialmente el nuevo marco de inimpugnabilidad para las reformas constitucionales en México.
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