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Ciudad de México/ El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la pena de prisión perpetua establecida en el Código Penal del Estado de Chihuahua, para quienes sean condenados por homicidio doloso de tres o más personas, es inconstitucional. La Corte concluyó que esta pena impide de manera absoluta que el sentenciado goce de su derecho a la reinserción social, un derecho previsto en el artículo 18 de la Constitución Federal.
La resolución surgió a raíz de un amparo promovido por un individuo condenado a prisión perpetua por el homicidio de cuatro personas. En su fallo, la Corte subrayó que la imposición de una pena tan drástica impide la posibilidad de rehabilitación o reintegración del reo a la sociedad, lo cual va en contra de los principios fundamentales de la justicia penal mexicana.
Aunque la Corte no se pronunció sobre la libertad del condenado, devolvió el caso al Tribunal Colegiado correspondiente para que realice una revisión conforme a los lineamientos establecidos. Aclaró que la inconstitucionalidad de la pena no equivale a una exoneración o impunidad, y que la autoridad judicial deberá determinar una nueva pena ajustada a los hechos y principios legales, basándose en el caso particular.
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