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Ciudad de México/ La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó la controversia constitucional promovida por el Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública (ICHITAIP) en contra de la reforma que extinguió al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) y a otros seis órganos autónomos.
El recurso fue presentado el pasado 21 de febrero por el órgano local de transparencia de Chihuahua contra el decreto federal publicado el 20 de diciembre de 2024 en el Diario Oficial de la Federación. Sin embargo, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena lo desechó el 7 de abril, al considerar que el ICHITAIP carece de legitimación para promover controversias constitucionales contra la Federación.
Además, el ministro argumentó que ya no es procedente impugnar reformas constitucionales tras la aprobación en octubre de la reforma de supremacía constitucional, que refuerza la imposibilidad de impugnación judicial a cambios a la Carta Magna.
La llamada reforma de simplificación orgánica, avalada en noviembre por la mayoría calificada de Morena y sus aliados en el Congreso, extinguió órganos como el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y el propio INAI. Sus funciones pasaron a manos de distintas dependencias del Poder Ejecutivo federal.
El INAI celebró su última sesión el 18 de marzo y, tres días después, personal de la Secretaría Anticorrupción y de Buen Gobierno tomó posesión de su sede. Esta dependencia será la nueva encargada de las funciones de transparencia del gobierno federal.
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